IVA en Supermercados: Exentos compras menores a $10 millones

A partir del 1° de julio de 2025, una modificación significativa impactará el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en supermercados y comercios de alimentos en Argentina. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dispuesto, mediante la Resolución General 5710/2025 publicada en el Boletín Oficial, que las compras inferiores a 10 millones de pesos quedarán exentas de la percepción del IVA cuando se realicen por consumidores finales.

Esto significa que los supermercados y comercios adheridos a la normativa no aplicarán el régimen de percepción del IVA en estas transacciones, lo que podría tener un impacto notable en pequeños comercios, empresas informales y consumidores regulares. La medida busca, según fuentes gubernamentales, facilitar el uso de dinero no bancarizado.

¿Cómo funciona la exención del IVA?

La Resolución General 5710/2025 establece un límite cuantitativo para determinar cuándo una operación se considera dirigida a un consumidor final y, por lo tanto, exenta de la percepción del IVA. El texto oficial detalla que el régimen de percepción no se aplicará cuando los compradores declaren ser consumidores finales al aceptar el comprobante o factura emitida. Sin embargo, la innovación radica en que, si el monto de la operación no supera los 10 millones de pesos, la percepción se excluye automáticamente para ciertos rubros comerciales especificados en la resolución.

¿Qué comercios están incluidos?

La Resolución General 5710/2025 específica que están incluidas cuatro actividades comerciales principales:

  • Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos.
  • Venta al por menor en hipermercados.
  • Venta al por menor en supermercados.
  • Venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y despensas).

En resumen, esta nueva normativa representa un cambio importante en la forma en que se aplica el IVA a las compras en supermercados y busca simplificar el proceso para los consumidores finales, eximiendo las operaciones de menor valor de la percepción del impuesto. Será crucial monitorear su implementación y evaluar su impacto real en la economía y en los hábitos de consumo.

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